En la Argentina ha habido morosidad en tratar los problemas del final de la vida: carecemos de una ley específicamente dedicada al tema (sólo hay algunas normas provinciales, y recién hace unos meses la Cámara de Diputados dio media sanción a una ley nacional).
La Ley de Derechos del Pacientes (N° 26.529) promulgada en 2009, consagra algunos derechos pertinentes (rechazo del tratamiento, posibilidad de disponer directivas anticipadas sobre la propia salud), pero al no estar reglamentada se dificulta su interpretación y aplicación práctica.
Esta carencia legal posibilita la judicialización de procesos que deberían ser resueltos sin conflicto. A pesar de ella, existen algunas pautas que gozan de aceptación general en lo que respecta al proceso que procura respetar la dignidad y los derechos inalienables del ser humano en el final de su vida (muerte digna).
Gran parte de la práctica médica implica usar los medios técnicos disponibles para salvar la vida. Sin embargo, a veces se dan circunstancias en que la muerte es inevitable e inminente.
Es necesario entonces reconocer que es tan importante esforzarse por curar al paciente como saber detenerse cuando ello es claramente imposible, evitando la obstinación terapéutica.
La limitación del esfuerzo terapéutico (suspensión de tratamientos si éstos no traen esperanza de recuperación) es una práctica médica aceptada, y no debe ser considerada eutanasia.
Esta y otras decisiones deben ser tomadas por los médicos y el paciente, respetando la voluntad de éste, o en su defecto, sus parientes o representantes, acatando en lo posible las disposiciones anticipadas del paciente incapacitado, si las hubiera. La atención médica al final de la vida debe evitar tanto su prolongación innecesaria como su acortamiento deliberado. En este sentido, se debe reconocer que cuando un enfermo manifiesta que quiere morir, con frecuencia no está diciendo que no quiera vivir: lo que quiere es no sufrir. Y esto es posible en la mayoría de los casos, utilizando medidas apropiadas: la aplicación de cuidados paliativos, sumados a los habituales, contribuye a mitigar el sufrimiento.
Esto incluye el uso de analgésicos y otra medicación apropiada, y un ambiente agradable, preferiblemente en la casa del paciente o en un cuarto de una institución, acompañado por sus seres queridos.
Es importante el mantenimiento de una buena calidad de la vida en su última etapa y, llegado el caso, la sedación en grado apropiado para evitar el sufrimiento, aun en caso de que ella pudiera contribuir secundariamente a acortar la vida.